martes, 8 de diciembre de 2009

El Ayuntamiento de Madrid discriminaba a la mujer

La Voz del Pueblo





La Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid ha sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia a indemnizar con 57.834 euros a una trabajadora por haberle pagado desde marzo de 2004 un salario menor que el que recibía un compañero varón que realizaba las mismas tareas.
Obviamente la sentencia se establece por entender que existe un caso de discriminación de género.

La cantidad fijada como indemnización es la diferencia en el salario cobrado por Ana Isabel E.L., la trabajadora en cuestión, respecto al que se le pagaba a su compañero.

El TSJM ha considerado que “la existencia de una diferente categoría profesional no excluye de manera automática la discriminación” ya que el compañero de facto tenía establecida superior categoría, aunque realizaba exactamente las mismas funciones que la trabajadora.

La ley persigue la discriminación “la que tiene lugar bajo la apariencia de tratamientos formalmente no discriminatorios, pero que encubren consecuencias perjudiciales para un grupo social determinado”.

La Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid “se escuda únicamente en que la distinta categoría profesional entre uno y otro es un factor excluyente de discriminación”, pese a que “le era exigible un mayor esfuerzo y transparencia orientado a justificar las diferencias retributivas de quienes realizan idénticas funciones”.

La entidad no ha explicado por qué las tareas realizadas por ambos son las mismas pese a esa diferencia de posición, ni ha acreditado haber recurrido a criterios de valoración neutros para esa distinción.

La sentencia relata que entre esos criterios de valoración neutros que garanticen la igualdad de condiciones entre trabajadores de ambos sexos no pueden considerarse “aquellos factores o cualidades predominantemente poseídos por el género masculino, salvo que por la naturaleza del trabajo se requieran”.