jueves, 16 de abril de 2015

Reflexiones a la Ley Mordaza


En referencia a la aprobación de la nueva ley orgánica sobre seguridad ciudadana mucho se ha polemizado sobre ella, pero realmente no se ha explicado mucho en profundidad, ni las consecuencias que para la ciudadanía tiene.

Siendo los medios cómplices, con su silencio o desinformación interesada, la sensación de la sociedad es que esta nueva reforma sólo reporta un perjuicio para los colectivos de extrema izquierda. Cuando afecta a todos nuestros derechos civiles como pueblo.

Conviene recordar que hasta ahora "ciertas conductas" eran encausadas por la vía PENAL, es decir, existía un juicio con un juez que escuchaba a ambas partes con unas garantías y derechos para el acusado.

Ahora todas estas conductas recogidas pasan directamente a ser sancionada por vía ADMINISTRATIVA, siendo los mismos funcionarios los que acusen/castiguen (con un descuento del 50% si NO reclamamos). Se vulneran así unas garantías legales para nuestra defensa que antes disfrutábamos. 

Esto, ya sabemos, que para los jueces NO era así, dado que siempre el testimonio de un policía tiene "preferencia", frente al nuestro o de otros testigos. A NO ser que dispusiéramos de un vídeo o foto en el que se desmintiera tal acusación. Existiendo varias sentencias contradictorias al respecto.

Con la nueva ley, el difundir imágenes de una actuación policial (al margen de con carácter informativo) tendría sanción. Aunque estuviera realizando una acción "desproporcionada y/o violenta" o impropia si podría ocasionar un menoscabo a la "integridad" del agente, aunque se puede grabar/utilizar libremente como medio de prueba en un juicio. 

Aunque en una actuación policial, estos, nos pueden retirar la cámara/ móvil con carácter "PREVENTIVO", si asi lo consideran, aunque estarían obligados a devolvérnosla días más tarde.




Ocurriendo además, que todas aquellas situaciones sancionables que NO llegaban por su gravedad a ser delito (detención y noche en calabozos) como desobediencia, no identificarse, insultos, amenazas, etc pasan a sancionarse con multas más altas que las de los juzgados y en la misma situación de la que hablábamos.

Incluyéndose además nuevas conductas que antes NO eran sancionables y ahora si. En las que existe el riesgo evidente de la instauración y "legitimación" de un estado policial al libre antojo de una autoridad política, como son los DELEGADOS DE GOBIERNO, que podrían desautorizar a su antojo actividades o situaciones, hasta ahora legales.

La celebración de eventos como una conferencia o un concierto (aunque estuviera autorizado) si supone un "grave riesgo" para la seguridad y el orden públicos puede ser motivo de desalojo. Pudiendo bastar con que considerasen que cualquier coordinadora antifascista nos amenazara

Al igual que pueden personarse y presenciar todo el acto, sin restricciones, lo que bastaría para justificar un gesto "provocador" o un comentario desafortunado entre el público para desalojarlo.Y estar seguros de que lo harán. Entre otras medidas "preventivas", se autorizan las identificaciones de la totalidad de los asistentes, antes del inicio de una manifestación o acto autorizado. Aunque esto es ilegal, se hacía igualmente en la práctica.

Lo que supone una medida disuasoria antes de la concentración, porque ya sabes que cualquier insulto, amenaza o desorden público supone tu sanción o detención (según proceda).
También se les autoriza a "desalojar" vías públicas, acotando o delimitando la concentración, en zonas adyacentes a por dónde transcurre la autorizada. Que supondría la sanción por el hecho de "salirte" o "escapar" del recorrido establecido.

Se sanciona también el realizar barricadas u obstruir la calle, incluido la mera intención de hacerlo. También el levantar las propias vallas y obstáculos realizados por las FCSE.


Así mismo se multaran ahora conductas que antes no y que tenían gran repercusión mediática, como era la resistencia y desobediencia pacifica (más efectiva que la resistencia violenta) como eran los conocidos "escraches" u ocupaciones en despachos y oficinas bancarias. Que ahora bastará con que el responsable de la misma nos invite a salir y negarnos para ser sancionados. Si está cerrado al público es ya un delito de allanamiento.


También el agravante de realizarlo en parlamentos y asambleas. Como el escalado de edificios, no confundir con acceder por una entrada pública o sin cerradura.

Al igual que las ocupaciones, que sólo se castigaban por la vía penal siendo difícil demostrar la autoría de los hechos por lo que se archivaban sin responsabilidad penal. No es lo mismo ser el autor, que declararte un inquilino invitado o visitante.

Todas estas infracciones ahora se recogerán en una base de datos a nivel nacional, conocido como registro central contra infracciones de la seguridad ciudadana que supondrá una lista negra, en la que las sanciones serán más altas para los reincidentes.

Las sanciones administraciones, al igual que las penales, se pueden recurrir. Pero suponen un coste adicional que casi nadie podemos permitirnos, pagar tasas y uso obligado de abogado y procurador (en breve, aunque no tengamos ingresos) además de la oportunidad de perder el 50% descuento como en las infracciones de tráfico.

Recordemos que siempre que nos llegue una sanción por una sentencia de un juez por la vía penal o por la multa de un delegado de gobierno. La policía DEBE MOTIVAR su acusación por el "grave riesgo" al orden público, por lo que es vital que nunca les demos pie a ello, dejando que siempre digan la última palabra, nunca discutirles, ni desobedecerles, ni provocarles para que NUNCA puedan sospechar que les denunciamos, si procede, cualquier arbitrariedad o abuso. Como sucede habitualmente en nuestros actos. Memorizando (nunca preguntarles) todos los datos que porten en uniforme, vehículo, lugar, hora... etc y si es posible grabar las actuaciones policiales aunque valorando siempre si merece la pena.

Dado que normalmente el 90% suelen acabar en un simple "reproche verbal"... o en cuatro palos... Es ahí dónde debemos ser más listos, callar y denunciar más tarde en frío, mas calmados y con un asesoramiento legal.